
Deducciones fiscales por I+D+i
El sistema español de deducciones fiscales por I+D+i es de los más favorables del mundo, pudiendo alcanzar hasta un 42% de los gastos directos. Frente a otros incentivos de la I+D+i, las deducciones fiscales presentan las siguientes ventajas:
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Tienen unos efectos económicos equiparables a los de la subvención, pero no tributan.
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La aplicación es libre (todo tipo de áreas de conocimiento y volúmenes de gasto), y general (para todas las empresas, sea cual fuere su CNAE o tamaño).
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Las deducciones no están sometidas a concurrencia competitiva con un presupuesto predefinido; las genera cada empresa cuando realiza actividades de I+D y/o iT, de acuerdo con las definiciones establecidas en la Ley del Impuesto de Sociedades.

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La generación de la deducción fiscal es proporcional a las actividades de I+D+i desarrolladas, y se aplica en la liquidación anual del impuesto de sociedades, hasta cierto límite de cuota. No obstante, la deducción generada pero no aplicada puede aplicarse en ejercicios posteriores, e incluso existe un supuesto de adelanto monetario de la deducción pendiente de aplicar.
CLANAGE ofrece un servicio integral en la gestión de deducciones fiscales, desde la identificación de proyectos susceptibles a la aplicación de la deducción, hasta la justificación de la ayuda fiscal.